La mencionada ley incluyó en el Parágrafo 1 del artículo 1, “a las Cooperativas de Trabajo Asociadas dentro de los beneficios otorgados por el Decreto Legislativo 639 de 2020”.
Con esta disposición, el Congreso de la República atendiendo una solicitud de Confecoop, reconoce el derecho que asiste a las cooperativas de trabajo asociado como beneficiarias del subsidio a la nómina creado por el Decreto Extraordinario 639 de 2020 y que, inexplicablemente, les ha sido negado hasta la fecha, no obstante las gestiones ante las diferentes instancias del Gobierno responsables del tema.
Es importante precisar que, por la naturaleza jurídica y el objeto social de las empresas cooperativas de trabajo asociado, esta disposición legal hace referencia a la inclusión tanto de los trabajadores asociados en ellas como de los trabajadores que excepcionalmente vinculen bajo las reglas del trabajo dependiente, cobijados por las disposiciones del Código Sustantivo de Trabajo. Cabe señalar que la UGPP, ha negado hasta la fecha el subsidio pedido por las CTA sobre la primera categoría mencionada, desconociendo, en nuestro criterio, dicha naturaleza y objeto social. Ver más.
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