Honduras
24.08.20
Intervenciones urgentes

Continuación de la criminalización contra los defensores de Guapinol

Nuevas informaciones

HND 001 / 0219 / OBS 020.4

Criminalización /

Detención arbitraria

Honduras

24 de agosto de 2020

El Observatorio para la Protecciónde los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la OrganizaciónMundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, ha recibido nuevas informacionesy solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en Honduras.

Nuevainformación:

El Observatorio ha recibido conprofunda preocupación información de fuentes fidedignas sobre la continuaciónde la criminalización contra trece defensores del derecho al agua enlos sectores de Guapinol y San Pedro en Tocoa, departamento de Colón, en lazona del Parque Nacional Montaña de Botaderos[1].

Según la información recibida, el 13 de agosto de 2020, losrepresentantes legales de los defensores de Guapinol fueron notificados decuatro fallos emitidos por la Corte de Apelaciones el 3 de marzo de 2020.

El primer fallo ratifica la decisión del 1 de septiembre de 2019de la jueza de Jurisdicción Nacional Lisseth Vallecillo de dictar un autoformal de procesamiento por los delitos de “incendio agravado” y “privacióninjusta de libertad” para los Sres. Porfirio SortoCedillo, José Abelino Cedillo, Kelvin Alejandro Romero, ArnolJavier Alemán, Ever Alexander Cedillo, Orbin Nahún Hernándezy Daniel Márquez, quienes se encuentran privados de libertad en elCentro Penal de Olanchito, así como para el Sr. Jeremías Martínez,privado de libertad en el Centro Penal La Ceiba.

En cuanto a la prisión preventiva de estas ocho personas, la Cortede Apelaciones se pronunció sobre un recurso presentado por la defensa el 7 denoviembre de 2019, en el que solicitaba revocar la medida cautelar de prisiónpreventiva. Sin embargo, en su dictamen, la Corte de Apelaciones, hizoreferencia a un expediente completamente diferente.

En su tercer fallo, la Corte de Apelaciones denegó la solicitud deaudiencia de revisión de medidas cautelares, presentada por la representaciónlegal de las personas defensoras el 11 de marzo de 2020, afirmando no tenercompetencia para celebrar tal audiencia.

En el cuarto fallo, la Corte revocó el sobreseimiento definitivopor los delitos de “incendio agravado” y “privación injusta de libertad” paralos Sres. Juan Antonio López, Leonel George, Reynaldo Domínguez, Marco TulioRamon y José Adalid Cedillo, cinco de los doce defensores a favor delos cuales se habían desestimado dichos cargos en marzo de 2019. En sudecisión, la Corte de Apelaciones no individualizó los cargos ni proporcionóningún argumento legal que justifique su decisión. En este caso, el equipo dedefensa legal ha presentado reposiciones para impugnar el fallo de la Corte.

Asimismo, la Corte de Apelaciones ratificó el sobreseimientodefinitivo por el delito de “asociación ilícita” para todas las personasdefensoras de Guapinol criminalizadas que se habían presentado voluntariamenteante los tribunales, y cambió el sobreseimiento definitivo por el delito de“robo” a un sobreseimiento provisional.

Sobre los delitos de “usurpación” y “daños” que 14 del total de 20defensores criminalizados también enfrentan, la Corte de Apelaciones no se hapronunciado. (ver Antecedentes).

ElObservatorio destaca que los cuatro fallos fueron emitidos el 3 de marzo de2020. Sin embargo, la Corte de Apelaciones no lo notificó oficialmente hasta el13 de agosto, hecho que representa una grave denegación de justicia. Asimismo,la Corte se negó a aceptar y a considerar en su fallo un documentosuplementario presentado por el equipo legal de los defensores el 6 de agostode 2020. Éste contenía los cambios en el nuevo Código Penal de Honduras y susimpactos favorables en el caso.

En las próximas semanas, el expediente del caso debe de sertrasladado al Juzgado de Letras de Jurisdicción Nacional, quien deberá convocaruna audiencia para notificar a las partes y para decidir las medidas que sedeben aplicar a los cinco defensores nuevamente criminalizados. Durante laaudiencia, la representación legal solicitará el cambio de medidas para losocho defensores en prisión preventiva.

El Observatorio reitera su condena al uso indebido del derechopenal para controlar, neutralizar y castigar a las personas que ejercen elderecho a la resistencia en defensa de la tierra y el territorio y muestra supreocupación por el mantenimiento de la medida cautelar de prisión preventivapara los Sres. Porfirio Sorto Cedillo, José Abelino Cedillo, Kelvin AlejandroRomero, Arnold Javier Alemán, Ever Alexander Cedillo, Orbin Nahún Hernández yDaniel Márquez y Jeremías Martínez.

En este sentido, el Observatorio recuerda que el 19 de marzo de2020, sus representantes legales presentaron una acción de habeas corpusante la Corte Suprema de Justicia con el fin de garantizar la salud y la vidade los defensores en el actual contexto de crisis sanitaria. Sin embargo, éstafue rechazada, a pesar de los llamamientos públicos hechos por la AltaComisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, MichelleBachelet, exhortando a los Estados a tomar medidas alternativas a la privaciónde libertad para aquellas personas detenidas sin motivos jurídicos suficientes[2].

Asimismo, el Observatorio condena enérgicamente la continuación dela criminalización contra los defensores del derecho al agua de Guapinol, asícomo las violaciones al debido proceso, particularmente el incumplimiento delos plazos procesales para la emisión de resoluciones judiciales.

Por todo lo anterior, el Observatorio reitera su llamado a lasautoridades de Honduras a tomar medidas concretas y urgentes para asegurar elrespeto del derecho al debido proceso de las personas defensoras anteriormentemencionadas y a poner fin de inmediato a todo acto de hostigamiento incluido a nivel judicial— en contra de los pobladoresde Guapinol y Sector San Pedro, así como de todas las personas defensoras de derechos humanos en Honduras,particularmente en el marco de la defensa del derecho a la tierra y alterritorio frente a empresas mineras.

Antecedentes:

El 1 de agosto de 2018, pobladores de comunidadesdel sector de Guapinol instalaron un campamento en protesta a las actividadesde la empresa minera «Inversiones Los Pinares» que trabajaba en la apertura deuna carretera dentro del Parque Nacional Montaña de Botaderos donde se ubicandos concesiones, pasando a unos 20 metros del río Guapinol. Según lospobladores, el arrastre de los sedimentos de la apertura de la carretera hizoque los sistemas de agua potable se llenaron de lodo. Además, pobladores de 13comunidades del sector de San Pedro se sumaron a la protesta ya que laexplotación minera está ubicada en la zona donde nace el río San Pedro, que lesabastece de agua. Los pobladores consideran ilegal e injusta laautorización sin consulta de concesiones mineras en la zona núcleo de un áreaprotegida donde nace el agua que usan para sobrevivir.

El 7 de septiembre de 2018, un joven resultó heridoluego de ser atacado por un grupo de guardias contratados por la empresa“Inversiones Los Pinares”, en el sitio en donde mantenían el campamento lospobladores de Guapinol y Sector San Pedro, hecho que no ha sido investigado nisancionado.

El 27 de octubre de 2018, aproximadamente 1500efectivos militares y policiales llevaron a cabo un desalojo violento delcampamento.

El 21 de febrero de 2019, 13 de 18personas del municipio de Toco se presentaron voluntariamente al juzgadode La Ceiba ante la orden de detención emitida en su contra por supuestosdelitos de “usurpación” y “daños” contra la empresa “Inversiones Los Pinares” yel Estado de Honduras. Al presentarse al juzgado, las personas defensorasy sus abogados fueron sorprendidos con la existencia de unasegunda solicitud de captura en contra de 31 personas, dentro de lascuales, 12 de las 13 personas que se habían presentado, se les acusabade delitos adicionales, incluidos “privación injusta de la libertad”,“incendio agravado”, “robo” y “asociación ilícita”. Ante esa situación,los abogados defensores interpusieron un recurso de recusación en contra deljuez de La Ceiba y el caso fue trasladado a un juez de JurisdicciónNacional con sede en Tegucigalpa.

Las 13 personas fueron trasladadas aTegucigalpa con fuertes medidas de seguridad militar y policial.Al día siguiente, se celebró la audiencia de declaración deimputado ante el juez de Jurisdicción Nacional Víctor Méndez quien ordenó ladetención judicial para 12 de las 13 personas[3], en virtud de que entrelos delitos por los cuales se les acusaban, figuraba el delito de “asociaciónilícita”, que conlleva automáticamente la prisión preventiva, algo que ha sidodenunciado reiteradamente como un tipo penal utilizado para criminalizar ladefensa de derechos humanos.

Los doce defensores estuvieron en el Centro Penalde Tamara hasta el 28 de febrero cuando inició su primera audiencia inicial porel primer requerimiento de “usurpación” y “daños” ante el mismo Juez Méndez.

A las 2:35 de la madrugada del 2 de marzo de 2019el juez de Jurisdicción Nacional dictó sobreseimiento definitivo para losdelitos de “usurpación” y “daños” contra la empresa "Inversiones losPinares" de los que se acusaba a las 13 personas defensoras según elexpediente inicial número 148-2018 emitido por el Juzgado de JurisdicciónNacional en San Pedro Sula en octubre de 2018.

Horas después, empezó la segunda audiencia inicialpor la segunda causa en el caso de criminalización contra las doce personas defensorasdel derecho al agua que permanecían privadas de libertad bajo prisiónpreventiva.

El 4 de marzo el Juez Méndez de Jurisdicciónnacional dictó sobreseimiento definitivo para los delitos de “privación injustade la libertad”, “incendio agravado”, “robo” y “asociación ilícita” y las 12personas defensoras fueron puestas en libertad el día 6 de marzo.

El Observatorio mostró su preocupación por ellamentable papel jugado por el Ministerio Público durante las casi 50 horas deaudiencias en las que quedó patente que carecía completamente de pruebas. Amodo de ejemplo, como parte de las pruebas presentadas por el MinisterioPúblico, aparecía una matriz que señalaba a los integrantes de “La Banda de laAldea de Guapinol” en la que aparecía como presunto integrante del supuestogrupo criminal la fotografía y nombre del Sr. Antonio Martínez Ramos,quien aparecía en el segundo requerimiento fiscal a pesar de haber fallecido enel 2015 por lo que evidentemente no podía ser culpable de los delitos que se leatribuían.

La empresa apeló la decisión de sobreseimientodefinitivo y la Corte de Apelación aceptó el recurso.

El lunes 26 de agosto de 2019 un grupo sietedefensores de derechos humanos[4] de los 31 criminalizados,se presentaron voluntariamente ante la jueza de Jurisdicción Nacional, LissethVallecillo, buscando poner fin al proceso de criminalización en su contra y quese reconociera su inocencia en el marco del caso “Guapinol” en el que, en marzode 2019, 12 personas defensoras que enfrentaban las mismas acusaciones fueronabsueltas.

Durante la audiencia de presentación de imputadoscelebrada el 26 de agosto, la Jueza Lisseth Vallecillo de Jurisdicción Nacionaldictó detención judicial contra los siete defensores y contra el Sr. JeremíasMartínez Díaz[5]al existir una acusación por “asociación ilícita” en su contra. Los defensoresfueron privados de libertad en la penitenciaría nacional Marco Aurelio Soto enTámara, Departamento de Francisco Morazán.

El 28 de agosto de 2019, el Sr. ArguetaTejada, uno de los defensores criminalizados en el caso Guapinol quehabía decidido voluntariamente no presentarse ante el juez, fue asesinado abalazos por personas desconocidas.

Entre el 31 de agosto y el 1 de septiembre tuvolugar la audiencia inicial contra los ocho defensores. Se dictó sobreseimientodefinitivo por los delitos de “robo” y “asociación ilícita” y auto formal deprocesamiento por los delitos de “incendio agravado” y “privación injusta delibertad” y dictó prisión preventiva, aunque estos delitos no requieren de estamedida, para los ocho defensores y para el Sr. Antonio Martínez Ramos, quienhabía fallecido cuatro años antes.

El 6 de noviembre de 2019 tuvo lugar laaudiencia de revisión de medidas, en la que la jueza confirmó las medidas deprisión preventiva para los defensores. Al día siguiente, , sus representanteslegales presentaron un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones, queno fue recibida hasta el 25 de febrero de 2020.

El 11 de marzo de 2020, se presentó una nuevasolicitud de audiencia para revisar la medida.

Acciónsolicitada:

Por favor, escriban a lasautoridades de Honduras urgiéndolas a:

i. Poner fin de inmediato a todo acto dehostigamiento incluido a nivel judicial— en contra de los pobladores de Guapinol y SanPedro, así como de todas las personas defensoras de derechos humanos enHonduras, otorgarles la libertad inmediata e incondicional y respetar en todascircunstancias su derecho a un debido proceso;

ii. Poner fin a la utilización del derecho penalpara controlar, neutralizar y castigar a las personas que ejercen el derecho ala resistencia en defensa de la tierra y el territorio;

iii. Iniciar una investigación inmediata,exhaustiva e imparcial sobre la legalidad de las concesiones mineras queoriginaron el conflicto, los daños ambientales y las acciones de las guardiasde seguridad de la empresa, policías y miembros de las fuerzas armadas, con elfin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente eimparcial, y aplicarles las sanciones previstas por la ley;

iv. Abordar las causas de fondo del conflictosocioambiental revisando la concesión de territorios protegidos a la empresaextractiva minera Los Pinares al encontrarse en el núcleo del Parque NacionalMontaña de Botaderos;

iv. Implementar políticas de reconocimiento,incluyendo el reconocimiento público por parte del Presidente de la República yotros altos funcionarios, de la importancia de la legítima labor llevada a cabopor las personas defensoras de derechoshumanos;

v. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por laDeclaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por laAsamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en loreferente al artículo 1, 5.a y 12.2.

vi. De manera general, garantizar el respeto porlos derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país deconformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas porHonduras.

Direcciones:

  • Sr. Juan Orlando Hernández, Presidente de la República. E-mail: diseloalpresidente@presidencia.gob.hn, info@presidencia.gob.hn
  • Sr. Héctor Leonel Ayala, Secretario de Estado de los Despachos de Justicia, Derechos Humanos, Gobernación y Descentralización. E-mail: observatorio@sdhjgd.gob.hn
  • Sr. Oscar Chinchilla, Fiscal General de la República. E-mail: suazog@mp.hn
  • Sra. Nora Urbina, Directora General del Sistema de Protección a defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia. E-mail: proteccion.ddhh.hn@gmail.com
  • Sr. Roberto Herrera Cáceres, Comisionado Nacional de los Derechos Humanos. E-mail: consultorinternacionalhn1@gmail.com; central@conadeh.hn
  • Sr. Rolando Edgardo Argueta Pérez, Presidente de la Corte Suprema de Justicia. E-mail: cedij@poderjudicial.gob.hn; justiciaenaccion@poderjudicial.gob.hn
  • Sr. Embajador Giampaolo Carmelo Rizzo Alvarado, Misión Permanente de Honduras ante las Naciones Unidas en Ginebra. E-mail: mission@hondurasginebra.ch
  • Sr. Embajador Roberto Ochoa Madrid, Embajada de Honduras en Bruselas. E-mail: ambassade.honduras@chello.be
  • Sr. Embajador Luis Cordero Montoya, Embajada de Honduras en OEA. E-mail: honduras@oas.org

Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas deHonduras en sus respectivos países.

***

Ginebra-Paris,24 de agosto de 2020

Agradecemos que nos informen sobrecualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

ElObservatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (elObservatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contrala Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir oremediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensorasde los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, elMecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementadopor sociedad civil internacional.

Para contactar al Observatorio,comuníquese con la Línea de Urgencia:

E-mail: Appeals@fidh-omct.org

Tel.y fax: OMCT: + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29

Tel.y fax: FIDH: + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80

[1] Por los impactos negativos que hangenerado dos concesiones mineras de la empresa Emco Mining Company S.A. de C.V.en la zona, se presentó unainconstitucionalidad en contra del Decreto Legislativo 252-2013 por haberampliado la zona de amortiguamiento para favorecer la explotación minera yreducir la zona núcleo del área protegida; así también, se presentó unadenuncia en contra de funcionarios por abuso de autoridad y omisión de losdeberes que debían cumplir los funcionarios.

[2] Véase: https://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=25745&LangID=S.

[3] La Sra. Lourdes Elizabeth Gómez Rodas y losSres. Marco Tulio Ramos, Reynaldo Domínguez Ramos, Juan Antonio López,José Eugenio Esquivel Villeda, Juventino Cruz Hernández, Ally MagdalenoDomínguez Ramos, Juan Manuel Cruz Hernández, Juan Francisco Cruz García, JoséSantos Hernández, Carlos Leonel George George y José Adalid CedilloMendoza.

[4] Los Sres. JoséDaniel Márquez Márquez, Kelvin Alejandro Romero Martínez, Porfirio Sorto Cedillo,José Abelino Cedillo Cantarero, Orbin Nahún Hernández Hernández, Arnold JavierAlemán Soriano y Ewer Alexander Cedillo.

[5] El Sr. MartínezDíaz se encontraba detenido en prisión preventiva en el Centro Penal La Ceibadesde diciembre de 2018 por otro requerimiento relacionado con la defensa delagua y el territorio.