Venezuela
03.04.20
Intervenciones urgentes

Detención arbitraria, malos tratos y criminalización contra Henderson Maldonado, abogado del Movimiento Vinotinto

LLAMADOURGENTE - EL OBSERVATORIO

VEN 001 / 0420 / OBS 031

Criminalización /Detención arbitraria /

Tratos crueles,inhumanos y degradantes

/ Liberaciónprovisional

Venezuela

3 de abril de2020

El Observatorio para la Protecciónde los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la OrganizaciónMundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, solicita su intervención urgenteante la siguiente situación en Venezuela.

Descripción de la situación:

El Observatorio ha recibido congrave preocupación información del Comité de Familiares de lasVíctimas de los Sucesos de Febrero-Marzo de 1989 (COFAVIC) sobre la detenciónarbitraria, los tratos crueles, inhumanos ydegradantes, la criminalización y la posterior liberación provisional del Sr. HendersonEliecer Maldonado Colmenarez, abogado[1]y miembro de la organización Movimiento Vinotinto[2]y de la Red de Derechos Humanos del Estado de Lara (REDHELARA).

Según la información recibida, el 31de marzo de 2020, el Sr. Maldonado acudió como mediador a la manifestaciónpacífica que estaban llevando a cabo trabajadores de la salud y pacientes conenfermedades renales frente al Destacamento 121 de la Guardia NacionalBolivariana (GNB) en Barquisimeto, Lara, para reclamar el acceso a combustiblede los pacientes para su traslado a centros médicos, tal y como se habíaacordado previamente con las autoridades del Estado de Lara.

Ante la negativa de los agentes dela GNB a mediar con el Sr. Maldonado, éste intentó grabar la situación con sucelular. Los agentes reaccionaron violentamente, le confiscaron el teléfono ylo detuvieron en el mismo Destacamento 121 de la GNB, donde un funcionario lecalificó como “miembro de una ONG apátrida que vende Venezuela a los EstadosUnidos”, lo que evidencia la intencionalidad de atacarle como represalia por supertenencia al Movimiento Vinotinto. Asimismo, se le informó de que su casosería presentado ante los Tribunales de Control de la Jurisdicción Penal delEstado de Lara.

Según la información recibida, elSr. Maldonado fue sometido a torturas y malos tratos durante su detención.Desde el momento de la detención entorno a las 13h hasta las 20h el Sr.Henderson estuvo en el suelo esposado a un pilar sin que le permitieran accedera un baño. Además, el Sr. Henderson fue amenazado de muerte en reiteradasocasiones, así como golpeado por los funcionarios de la GNB que, después derevisar el material documentado en su teléfono sin ningún tipo de procedimientojudicial se burlaron de él tomándole fotos sin su consentimiento “dado que legustaba tanto ir tomando fotos”. Aproximadamente a las 20h fue trasladado a unacelda que presentaba condiciones insalubres incluyendo envases llenos degasolina que impregnaban el lugar. El Sr. Maldonado permaneció en dichocalabozo hasta aproximadamente las 10 de la mañana del dia siguiente, con laexcepción de dos breves salidas del calabozo, una de ellas en las que fuesacado a la fuerza en mitad de la noche, lo que le produjo un profundo temor.Las condiciones de detención le provocaron una situación de estrés, incluyendopor el hecho de que los funcionarios alumbraban regularmente dentro de sucelda. Durante toda su estancia en las dependencias de la GNB, el Sr. Maldonadono tuvo acceso a alimento y le fue negada la presencia de sus familiares y abogados,que se encontraban en la puerta del Destacamento para tratar de verle.

El 1 de abril de 2020, el Sr.Maldonado fue presentado ante el Tribunal Primero Municipal de Iribarren de lacircunscripción penal del Estado Lara. Antes de ser trasladado al Tribunalaproximadamente a las 10 de la mañana los efectivos de la GNB le amenazaron conque iban a incriminarle con un bolso lleno de cobre, para implicarle en algúndelito asociado a “material estratégico”[3]. Dicho Tribunal dictó su liberación provisional, al dictaruna medida cautelar de presentación cada 30 días, imputándole los delitos de“resistencia a la autoridad” e “instigación pública a la violencia”(respectivamente artículos 218 y 285 del Código penal). Al ser puesto enlibertad, los funcionarios de la GNB no le devolvieron sus documentos deidentificación ni su pendrive de trabajo.

El Observatorio destaca laexistencia de un elevado riesgo a la integridad física y psicológica del Sr.Maldonado habida cuenta de las amenazas de muerte realizadas por efectivos dela GNB, incluyendo oficiales de alto rango. El Observatorio alerta asimismosobre la situación de riesgo para el resto de las y los integrantes delMovimiento Vinotinto, particularmente en el caso de varios de sus integrantesque han tenido incidentes con integrantes de la GNB incluyendo el Sr. ManuelVirgüez, Director General del Movimiento Vinotinto, la Sra. YasminCarolina Faneite Quiroz, integrante de la Directiva, y los abogados de laorganización, los Sres. Pedro Hernández y Emanuel Paradas.Preocupa asimismo la integridad de lasabogadas que representaron al Sr.Maldonado ante el Tribunal, las Sras. Lirio Terán, integrante delCentro de Justicia y Paz – CEPAZ, y Luisa Oribio.

ElObservatorio destaca que la detención arbitraria del Sr. Maldonado no se tratade un caso aislado, sino que se da en un contexto de estigmatización,persecución y criminalización sistemática de las personas defensoras dederechos humanos en Venezuela, que, como el Observatorio denunció en su informepublicado en marzo del 2020[4], soncalificadas por las autoridades del país como “enemigos internos” que buscandesestabilizar la nación.

Eneste sentido, el Observatorio reitera su rechazo ante las nuevas amenazas elpasado 28 de marzo del por parte del Presidente de la Asamblea NacionalConstituyente, el Sr. Diosdado Cabello, en las que afirmó que “prontoaprobaremos esa ley y esas ONG de la oposición tendrán que rendir cuentas delos recursos que han recibido desde el extranjero para financiarconspiraciones”[5].El Observatorio recuerda que el derecho de las ONG a la financiación es unaparte integral del derecho a la libertad de asociación según recogen losestándares internacionales de derechos humanos y denuncia que la amenaza derestringirlo evidencia el enésimo intento de tratar de silenciar el trabajo delas organizaciones de la sociedad civil en el país, tal y como denunciamos elpasado 21 de febrero después del primer anuncio[6].

Portodo lo anterior, el Observatorio exige a las autoridades venezolanas lalibertad inmediata del Sr. Maldonado, y la toma de medidas que garanticen suderecho a ejercer libre y legítimamente la defensa de los derechos humanos, y,especialmente, a defender el derecho a la salud de los pacientes de riesgo,ante el actual contexto de crisis de salud global provocada por la pandemia deCOVID-19.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a lasautoridades de Venezuela urgiéndolas a:

i. Adoptar de manera inmediata lasmedidas más apropiadas para garantizar la vida e integridad personal del Sr. HendersonMaldonado, así como la del resto de las y los integrantes del MovimientoVinotinto;

ii. Poner fin a todo tipo decriminalización, persecución y estigmatización, contra las personas defensorasde derechos humanos en Venezuela, particularmente en el caso del Sr. HendersonMaldonado y del resto de las y los integrantes del Movimiento Vinotinto;

iii. Iniciaruna investigación inmediata, exhaustiva e imparcial sobre los tratos crueles,inhumanos y degradantes sufridos por el Sr. Henderson Maldonado durante su detenciónarbitraria con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante untribunal competente e imparcial, y aplicarles las sanciones previstas por laley;

iv. Tomar las medidas necesarias paraasegurar que funcionarios y funcionarias del Estado y otras figuras públicas seabstengan de hacer declaraciones que estigmatizan el trabajo legítimo de laspersonas defensoras de derechos humanos;

v. Asegurar la aplicación de lodispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptadapor la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular enlo referente al artículo 1, 9 y 12.2;

vi. De manera general, garantizar elrespeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo elpaís, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanosratificadas por Venezuela.

Direcciones:

· Sr. Nicolás Maduro Moros,Presidente de Venezuela. Twitter: @NicolasMaduro.

· Sr. Diosdado Cabello, Presidente dela Asamblea Nacional Constituyente. Twitter: @dcabellor.

· Sr. Néstor Luis Reverol, Ministrodel Interior, Justicia y Paz. E-mail: mijcudecon@gmail.com

· Sr. Tarek William Saab, Fiscal General de laRepública. E-mail: ministeriopublico@mp.gob.ve

· Sra. Carmen Meléndez, Gobernadoradel Estado de Lara, Twitter: @gestionperfecta, @gobiernodelara.

· Dr. Alfredo Ruiz, Defensor delPueblo. E-mail: contacto@defensoria.gob.ve

· Sr. Jorge Valero, Embajador de laMisión Permanente de Venezuela ante la ONU en Ginebra. E-mail: mission.venezuela@ties.itu.int

· Sra. Claudia Salerno Caldera,Embajada de Venezuela en Bruselas. E-mail: embve.bebrs@mppre.gob.ve

Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas deVenezuela en sus respectivos países.

***

Ginebra-Paris,3 de abril de 2020

Agradecemosque nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de estellamado en su respuesta.

El Observatorio para la Protecciónde los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creadoen 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH y tienepor objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas derepresión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. OMCT yFIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo dela Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedadcivil internacional.

Paracontactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:

E-mail: Appeals@fidh-omct.org

Tel. y fax: OMCT: + 41 22809 49 39 / + 41 22 809 49 29

Tel. y fax: FIDH: + 33 1 43 5525 18 / + 33 1 43 55 18 80

[1] ElSr. Henderson se ha encargado de la representación legal de más de 200 jóvenesque en contexto de protestas han sido detenidos arbitrariamente desde el año2017, así como de casos emblemáticos de presuntas ejecuciones extrajudiciales.El Sr. Henderson ha recibido otros ataques en el pasado por su labor de defensade los derechos humanos: el 29 de julio de 2017, un funcionario de la GNB logolpeó fuertemente mientras se encontraba grabando una detención arbitraria. El18 de diciembre de 2019, el Sr. Henderson se encontraba en el Comando de laGuardia entregando varias notificaciones del Ministerio Público, relativas acasos de jóvenes detenidos en protestas cuando fue amenazado por variosfuncionarios, con que iba a ser ubicado en su residencia e iban a interceptarlelas comunicaciones.

[2] El Movimiento Vinotinto es una ONGconstituida en el año 2014, que se dedica a la promoción y defensa de losDerechos Humanos en Venezuela, especialmente en los derechos económicos,sociales y culturales, sin embargo, recientemente también incorporan en sulínea de trabajo la defensa de derechos civiles y políticos. El objetivo de la organizaciónes consolidar al movimiento en todo el territorio nacional como un apoyo parael crecimiento y la mejora de la calidad de vida de la sociedad venezolana,especialmente de la que desconoce sus derechos. El Movimiento Vinotinto realizatrabajo en varios estados del país como Táchira, Yaracuy, Distrito Capital,Miranda, Bolívar y Trujillo, en los que realizan labores de acompañamiento avíctimas y líderes sindicales en su exigencia de derechos humanos.

[3] En el año 2017 el Ministro de Relaciones de Interior,Justicia y Paz, dio a conocer el delito de “hurto de material estratégico”, elcual se encuentra contemplado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra laDelincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. Se entiende como“material estratégico” todos aquellos insumos básicos utilizados en losprocesos productivos del país. El “hurto o robo” de este material es catalogadocomo un acto terrorista.

[4] Disponible aquí.

[5] Véasehttps://www.conelmazodando.com.ve/cabello-pronto-aprobaremos-una-ley-para-controlar-el-financiamiento-extranjero-a-ong.

[6] Véase Comunicado de prensa delObservatorio (OMCT-FIDH) “La libertad de asociación en peligro de extinción”,de 21 de febrero de 2020, disponible aquí.